1.– Es objeto de la presente Orden la convocatoria y establecimiento de las condiciones para la concesión de ayudas durante el ejercicio 2013 a la creación, desarrollo y producción audiovisual.
2.– La cantidad máxima total para las ayudas previstas en la presente convocatoria se fija en un millón cuatrocientos noventa seis mil (1.496.000) euros y podrá verse incrementada en los términos establecidos en la Disposición Adicional Primera.
Artículo 2.– Modalidades de ayuda.
Las modalidades de las ayudas son las siguientes:
1.– Ayudas a desarrollo de proyectos en los términos que se establecen en el Capítulo II de esta Orden.
2.– Ayudas a las siguientes modalidades de producción de obras audiovisuales en los términos que se establecen en el Capítulo III de esta Orden:
a) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de ficción.
b) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de animación.
c) Ayudas a la producción de documentales de creación.
d) Ayudas a la producción de cortometrajes.
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