Actividad subvencionable: La constitución de empresas de economía social, incluyendo los supuestos de transformación de entidades con actividad empresarial ya existentes en empresas de Economía Social. A los efectos de esta Orden se entenderán como empresas de economía social, exclusivamente, las cooperativas de trabajo asociado, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra y las sociedades laborales; así como las sociedades cooperativas integradas por estudiantes universitarios que desarrollen una empresa como parte de su formación académica, tutelada por la Universidad correspondiente.
Seis historias de emprendimiento femenino
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