Sin categoría

(Convocatoria Sorgune/Fábricas de creación) Subvenciones en el ejercicio 2016 a espacios culturales independientes que apoyen las prácticas creativas

Objeto.

1.– Es objeto de la presente Orden regular y convocar subvenciones destinadas a los proyectos de actividad de aquellos espacios culturales independientes que, a través de la organización de programas específicos y con dotaciones, infraestructuras y estructuras adecuadas para ello, propicien, tanto a personas como a colectivos creativos, espacios, recursos y acompañamiento colaborativo para que puedan desarrollar sus procesos de creación y producción, siempre desde la orientación a la innovación de las diferentes expresiones artísticas, la detección y respaldo al talento, la gestión participativa y la relación con el entorno local.

2.– Dichos proyectos de actividad deberán estar encuadrados en algún sector cultural o creativo (Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Danza, Literatura, Música, Teatro, Circo, Magia, Bertsolarismo…).

3.– Para que sus proyectos de actividad sean subvencionables, los citados espacios deberán cumplir con cada una de las siguientes características:

– Que se trate de inmuebles sitos en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

– Que acrediten su capacidad y adecuación para la realización de un proyecto de actividad en los términos que se indican en el apartado anterior, por lo que deberán contar como mínimo con espacios que permitan la creación, producción y/o exhibición, así como con los recursos técnicos necesarios para llevar a cabo las mismas.

– Que sean espacios cuya titularidad de la gestión o explotación recaigan en el solicitante.

4.– No se considerarán espacios culturales de creación a efectos de la presente Orden y, por tanto, no podrán obtener subvención los siguientes:

– Plataformas digitales, aunque las mismas tengan a su disposición espacios en los que puedan realizar actividades.

– Escuelas o centros cuya actividad esté dirigida principalmente a la formación.

– Espacios cuya finalidad sea principalmente turística o comercial.

– Espacios destinados a la inserción social en los que el ámbito artístico resulte accesorio o simplemente instrumental.

– Espacios destinados exclusivamente a la mediación cultural.

Plazo: 1 mes desde su publicación

+ info

Comentarios (0)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.

Te puede interesar