Podrán optar a estas ayudas las entidades sin ánimo de lucro del ámbito de la cultura, de reciente creación, que tengan su sede social y fiscal en Gipuzkoa, y que desarrollen directamente programas y actividades que supongan una innovación en el territorio en cualquiera de los ámbitos de la cultura.
Las actividades subvencionables podrán ser de diversa índole, como investigación, formación, sensibilización, difusión o coordinación en las distintas áreas artísticas y culturales.
Asimismo se podrán incluir los gastos de funcionamiento de la entidad necesarios para la realización de dichas actividades.
Además, el programa o actividad objeto de la subvención deberá cumplir las siguientes condiciones:
— Que se desarrolle en el territorio Histórico de Gipuzkoa.
— Que presente un grado de interés, especialización y/o originalidad que suponga una aportación significativa a la oferta cultural del territorio.
— Que tenga lugar dentro del año natural que establece la convocatoria, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
— Que sea viable económicamente, acreditando dicha viabilidad por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, es decir, la cantidad de ingresos y la de gastos serán equivalentes, incluyendo, en el apartado de ingresos, la cantidad solicitada a la Dirección General de Cultura.
Plazo: 10/05/2017
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