El presente régimen tiene por objeto otorgar ayudas tanto para promover proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos como para apoyar el lanzamiento de nuevas empresas de base científica y tecnológica.
Los proyectos que pretendan acceder a las ayudas deberán incluir un conjunto coherente de actividades de I+D+i, definidas en el artículo 6 de la presente Orden, claramente orientadas al desarrollo de productos originales y superiores a los ya existentes a fin de dar mejor satisfacción a las demandas del mercado y de la sociedad, o claramente orientadas al uso o la generación de conocimiento comercializable a fin de crear nuevas empresas que combinen de forma suficiente los siguientes elementos:
a) Desarrollo de actividades o comercio con productos y servicios que impliquen un alto nivel de conocimiento científico y tecnológico;
b) Desarrollo de un nivel elevado de actividades de I+D+i;
c) Utilización de derechos de la propiedad intelectual, ya sean generados por la misma empresa o adquiridos mediante licencias en exclusiva, como ventaja competitiva clave en el negocio;
d) Participación activa en el desarrollo de la empresa de personal científico y tecnológico altamente cualificado.
Presentación de Solicitudes y documentación.
1.– El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00 del día 18 de marzo de 2015.
2.– Las solicitudes y demás documentación complementaria para acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden se dirigirán a la Dirección de Tecnología y Estrategia y se presentarán en la Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (SPRI) cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, Alameda Urquijo, n.º 36-4.ª planta (Edificio Plaza Bizkaia), bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las Oficinas de Atención Ciudadana (Zuzenean), además se podrán cumplimentar en la web https://www.spri.es/idi/idi
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