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Aprobación definitiva del plan territorial parcial del área funcional de Donostia/San Sebastián (Donostialdea-bajo Bidasoa).

  1. Antecedentes.santiagotarrak bilaketarekin bat datozen irudiak

La Sociedad Deportivo Santiagotarrak es una Asociación fundada en 1966 cuya actividad deportiva fundamental ha sido el remo y el piragüismo, dando a la ciudad de Irun prestigio internacional con motivo de los logros obtenidos.

Actualmente, esta actividad comprende un largo abanico de gran incidencia en esta ciudad en la que se ubica el club.

Santiagotarrak es una asociación privada sin ánimo de lucro dedicada al deporte y, en particular, al Piragüismo (aguas bravas y aguas tranquilas –en pista–) y al remo (el banco móvil –olímpico– y el banco fijo).

Con motivo de su 50 aniversario y para agradecer y celebrar la incidencia social, cultural y deportiva del club, así como su importancia histórica y legado en la ciudad, el Ayuntamiento de Irun, a través del Área de Cultura y Deportes, convoca un concurso de ideas de proyecto para la creación de un objeto urbano que se ubicará en las inmediaciones de las instalaciones del club.

  1. Objeto de concurso.

El Ayuntamiento de Irun, convoca un Concurso de ideas «objetología urbana» por el 50. Aniversario de S.D. Santiagotarrak, con arreglo a estas bases.

El enclave en el que se encuentra la sede de S.D. Santiagotarrak configura un entorno único, situado en un paseo excepcional alrededor del río Bidasoa.

Una zona residencial, tranquila y de paseo donde se articula una vida de ocio, deporte y tiempo libre, de la cual disfrutan muchos ciudadanos y ciudadanas de la ciudad y de fuera de Irun.

Un bidegorri (vía de bicicleta) que convive con la acera para peatones; por lo que es común ver a diversidad de personas paseando, en bicicleta o patines/skate, así como practicando running o diversas modalidades de entrenamiento deportivo.
Un skate park único en la zona al que acuden a practicar jóvenes de ambos lados de la frontera.
Un parque infantil y diversos embarcaderos con salida al río Bidasoa que se ubican en distintos puntos de este recorrido.         
Además de las instalaciones del club Santiagotarrak, en este complejo se encuentran otras, como el Stadium Gal de fútbol (Real Unión CF).

Este ecosistema consiste una oportunidad para pasar de pensar en la creación de una escultura conmemorativa a la conceptualización y producción artística de un objeto urbano que aúna toda esta descripción ecosistémica en su morfología inicial y que se articule como pieza «usable» que conviva con el entorno y que recuerde la actividad del club y agradezca su legado.

  1. Régimen juridico.

Estas bases recogen el concurso de ideas para la selección de la mejor propuesta de «objetología urbana» por el 50 aniversario de la SD Santiagotarrak, para, en su caso, su posterior materialización por parte del ayuntamiento.

  1. Publicidad.

La convocatoria de las presentes bases se publicará en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y en la web municipal www.irun.org.

Toda la información sobre el procedimiento (bases, anexos, modelos…) estará disponibles en la web municipal www.irun.org.

  1. Participación en el concurso.

El concurso es de libre participación y podrá participar en este concurso toda persona que tenga aptitudes para ello (creadores independientes, estudios de diseño o arquitectura, artistas y otros) y acepten las bases del concurso.

Se podrá participar individualmente o en grupo, y, en caso de hacerlo en grupo, cada grupo deberá nombrar representante. Tanto si es individualmente como en grupo, quien lo haga individualmente o, por lo menos, uno de los integrantes del grupo deberá tener la capacidad de dirección de obra y de realizar proyectos de ejecución.

Cada participante sólo podrá formar parte de un único equipo, bien sea como titular o como colaborador o colaboradora, y solo podrá presentar una propuesta, siendo el incumplimiento de este punto motivo de descalificación de todos las propuestas en las que participe.

  1. Propuestas de obras.

En la valoración de las propuestas se tendrá en cuenta el desarrollo de una serie de parámetros de diseño primordiales dada la responsabilidad que conlleva instalar un nuevo elemento en el espacio público.

Así mismo, será descartada cualquier propuesta que parta de la visión de piezas estáticas o meramente ornamentales y escultóricas, y que no esté acompañada de un proceso de reflexión-estudio al resto de niveles.

Por ello, los parámetros de diseño a valorar serán los siguientes:

1.ª El proceso de ideación.

Planteamiento, y sus causas, en relación al contexto real de implantación, pudiendo contener capítulos de trabajo tales como:

— Investigación en la actividad del club.

— Qué es Santiagotarrak, cual es su historia y su actividad actual así como su relación con el río y la ciudadanía.

— Investigación de ubicación, enclave (ver anexo II).

— Cómo es el entorno, qué espacios son los más interesantes para colocar el Objeto (arquitectura morfológica del paisaje) (ver anexo I).

— Etnografía de usos.

— Que tipología de usuarios y usarias transitan/usan/disfrutan de este entorno y cómo respondería el objeto a estas dinámicas ya existentes.

2.ª La capacidad representativa, identitaria y semántica de la propuesta.

La propuesta debe recoger, en su morfología y concepción formal, cierto aspecto identificativo con la actividad del club sin olvidar que la pieza es un homenaje a los 50 años de SD. Santiagotarrak.

3.ª Las herramientas de interacción con la ciudadanía.

Tal y como ha hecho el propio club, el objeto debe de estar cargado de cierta «responsabilidad con el entorno».

En este apartado tendremos en cuenta la inclusión de procesos participativos, tanto en el desarrollo y construcción del elemento como en su incorporación al uso diario del espacio público en el que se inserta. Qué capacidad tiene la intervención de interactuar y generar un equipamiento útil y usable para los paseantes del margen del río, así como de la comunidad que vive en torno a la zona.

4.ª El uso de materiales responsables.

Será imprescindible que los materiales elegidos para desarrollar la propuesta sean sostenibles tanto en su producción como en su mantenimiento, preferiblemente utilizando materiales y/o procesos de fabricación locales.

5.ª La viabilidad y coherencia técnica de la propuesta.
Las ideas de proyecto tienen que ser objetivamente posibles de implementar.

El Ayuntamiento de Irun como máximo destinará 20.000,00 euros (IVA incluido), a la materialización de la idea ganadora, siendo responsabilidad del ganador o ganadora del concurso la redacción del Proyecto de Ejecución, si éste fuera preciso, así como de efectuar la Dirección de Obra del mismo.

Para su ejecución deberán tenerse en cuenta las siguientes condiciones:

— No deben superar los 20.000 euros, IVA incluído.

— Deben cumplir todos los requisitos de seguridad.

— Deben ser permanentes / no efímeros.

— Deben ser sostenibles, entendiendo el concepto sostenible en su máxima expresión (se valorarán especialmente las propuestas que comprendan el aprovechamiento de materiales, producción local, mínimo impacto en el entorno y otros).

6.ª Ubicación.

Para establecer la ubicación definitiva, se tendrán en cuenta las características técnicas, medidas y peso del objeto urbano. En todo caso, el Ayuntamiento de Irun se reserva el derecho de modificar la ubicación propuesta o de determinarla.

  1.  Documentación.

Para la participación en el concurso, se presentará la siguiente documentación:

— Sobre número 1. Identificación del participante (cerrado e identificado en el exterior mediante el lema elegido por el o la participante).

a) Solicitud de participación, según modelo Anexo III, en la que se incluye una declaración responsable, indicando que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente y con todos los requisitos exigidos.

b) En el caso de los equipos, deberá incluirse una declaración de responsable conjunta de todos sus miembros comprometiéndose, en caso de resultar ganadores, a constituirse en unión temporal de empresas.

c) CV o Portfolio del autor/autores. Las propuestas deberán ser acompañadas de un curriculum profesional y/o portfolio de proyectos que ayude a entender la trayectoria personal y profesional de los autores y la línea de trabajo de los mismos.

Este portfolio debe contener todos los datos personales del responsable o responsables de la propuesta en su primera página y ser lo más visual posible.

En ningún caso se debe hacer referencia a la identidad de los autores, quedando en todo momento salvaguardado su anonimato.

En caso de incumplirse esta norma, la propuesta quedará excluida del concurso.

— Sobre número 2. Documentación técnica (identificado mediante el lema elegido):

1. Memoria DIN A4 de la propuesta, debiendo contener los documentos necesarios para la comprensión de la obra (bocetos, dibujos, collages, planos, perspectivas, axonométricas, diagramas, textos, etc).

Las memorias deberán presentarse impresas y encuadernadas, además de en formato digital.

2. Memoria justificativa de los elementos y materiales a utilizar.

3. Presupuesto de la ejecución de la pieza, fases y tiempo estimado.

No existe un límite máximo ni mínimo de documentación a entregar, pero se valorará la claridad y precisión en la explicación de la propuesta.

La presentación e inscripción al procedimiento presume la aceptación incondicionada por parte de los y las participantes del contenido de la totalidad de lo previsto en estas Bases.

  1. Plazo de presentación y entrega de propuesta.

Plazo de presentación: deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Lugar de entrega: Servicio de Atención Ciudadana SAC (calle San Marcial 2), L/V 08:30-14:00 h., S 09:30-13:00 h.

  1. Proceso de selección de la propuesta.

El proceso de selección de la propuesta ganadora estará compuesta por dos etapas:

1. Resolución 1.ª fase.

Desde la efectiva recepción de todas las propuestas, todos los proyectos recibidos quedarán disponibles para su análisis por parte de los miembros del Comité de Selección, que dispondrán para ello de cuánto tiempo consideren necesario.

La secretaria o el secretario propondrá, de acuerdo con los miembros del Comité de Selección, la fecha o fechas y el lugar donde se celebrarán las deliberaciones, y donde estarán expuestos los paneles de las propuestas.

El Comité de Selección acordará un procedimiento de selección acorde a la cantidad y calidad de las propuestas presentadas.

La identidad de los autores o autoras de las respectivas propuestas se hará pública con la apertura de las sobres que tendrá lugar en este mismo acto.

El Comité de Selección colegiadamente expondrá, y así quedará recogido en el acta, los motivos por los cuales ha elegido a los 5 proyectos que pasarán a la siguiente fase. Se podrán emitir votos particulares si así lo desease cualquier miembro del comité de selección.

2. Defensa de la idea.

El Comité de Selección abrirá la fase de defensa oral, la cual servirá para justificar el presupuesto, la elaboración y la ubicación de la obra.

Los 5 proyectos seleccionados serán llamados a su defensa estableciendo como plazo 15 días desde la apertura de propuestas.

La defensa de los proyectos se realizará en Irun ante el tribunal compuesto por el Comité de Selección.

El mismo día de la defensa, el Comité de Selección dará a conocer a los participantes el momento en que se conocerán los resultados; es decir, los 3 mejores trabajos, así como la obra ganadora.

  1. Comité de seleción.

Se establece un Comité de Selección compuesto por:

— El alcalde.

— La directora del Área de Cultura y Deportes.

— El director o un técnico o técnica del Área de Urbanismo.

— Un técnico o técnica del Servicio de Deportes.

— La presidenta del Club y un miembro de S.D. Santiagotarrak.

Actuará como secretaria la secretaria del Ayuntamiento de Irun o persona en quien delegue.

La Secretaría del Comité de Selección levantará un acta de todas las actuaciones y reuniones efectuadas.

El Comité velará por el cumplimiento de las Bases del Concurso y resolverá cuantas cuestiones surjan en el transcurso del proceso.

En todo caso, el Comité podrá descalificar, en cualquier momento, todos aquellos trabajos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Los que no se corresponden con el objeto de la convocatoria.

b) Los trabajos que no cumplan con los requisitos.

c) Aquellos contrarios a los principios de libertad e igualdad.

d) Los que atenten contra los derechos y la dignidad de las personas.

e) Los que considere que constituyen plagio de obras de otros autores.

f) La entrega fuera de plazo o sin ajustarse a lo establecido en las presentes Bases.

g) La insuficiencia de la documentación para la adecuada valoración de las propuestas.

h) El quebrantamiento del anonimato, bien por haber desvelado la autoría por cualquier medio, bien por presentar elementos gráficos identificativos de la identidad del autor o autora de la propuesta.

i) Cualquier intento de presión a los miembros del comité de selección, debidamente acreditado.

Funciones del Comité de Selección:

— El análisis de la documentación y la admisión definitiva de los trabajos.

— La propuesta razonada de exclusión de aquellos trabajos no admitidos, que se recogerán en acta.

— El análisis de las propuestas presentadas y la valoración de las mismas, pudiendo recabar a tal efecto los asesoramientos que estime oportunos.

— La vigilancia y el cumplimiento del anonimato riguroso con el que se deberá examinar la documentación.

— La propuesta de resolución definitiva, que deberá ser razonada.

  1. Premios.

Se adjudicará un único premio dotado de 4.000,00 euros al ganador o ganadora. Además, el ganador o ganadora se encargarán de redactar el Proyecto de Ejecución, si este fuera preciso, así como de efectuar la Dirección de Obra del mismo.

Asimismo, los dos proyectos finalistas no premiados serán remunerados con un accésit de 1.000,00 euros cada uno.

Los importes de los premios estarán sujetos a la retención del IRPF, conforme establece la legislación vigente.

El Concurso podrá declararse desierto.

  1. Ejecución del proyecto.

La ejecución de la idea proyectada se encargará a la persona ganadora o equipo ganador del concurso de ideas, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos necesarios para contratar con la administración la ejecución material de la idea ganadora, con arreglo a la legislación vigente en materia contractual.

  1. Obras presentadas.

La obra ganadora pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Irun, considerándose además cedidos por el autor los derechos sobre dicha orbra en las modalidades de reproducción, distribución y comunicación públicas; todo ello con carácter exclusivo y a favor del ayuntamiento.

El Ayundamiento de Irun tendrá el derecho de promover la publicación y exposición de todas las propuestas presentadas, así como los derechos de reproducción de cualquier tipo.

Los autores, o sus representantes debidamenbte acreditados, podrán recoger las propuestas no premiadas en el lugar y momento que indique el ayuntamiento. De no proceder a su retirada, la prospuesta pasará a la propiedad del ayuntamiento y podrá, en su caso, ser destruida.

El ayuntamiento no se hará responsable de los daños que puedan recibir los materiales entregados como consecuencia de su transporte, manipulación, exposición, almacenaje o similar.

  1. Disposiciones finales.

La participación en el concurso implica la aceptación total de las bases.

El fallo del jurado es inapelable.

El Ayuntamiento de Irun tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante el desarrollo del procedimiento, sobre la interpretación, modificación y efectos de las presentes bases.

Este concurso es de naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico-administrativo, con expreso acatamiento de las partes a la jurisdicción contencioso-administrativa.

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