Objeto.
1.– El objeto de la presente Orden es establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa al comercio minorista vasco, especialmente a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, microempresas y pequeñas empresas, para minimizar el impacto de la COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de la actividad comercial.
2.– De acuerdo con dicho objetivo, esta primera línea de ayudas directas, se orienta a dar apoyo a los gastos operativos y corrientes contraídos por las entidades beneficiarias señaladas en el artículo 3, en situación de facturación nula o muy reducida generada en un contexto sobrevenido de pandemia de la COVID-19.
Plazo: 1 mes desde publicación en BOPV ? + INFO
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