2016/ AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS: Proyecto e-Joven y Proyecto e-Innovador (IRUN)

Subvenciones para afrontar los gastos iniciales de la puesta en marcha de iniciativas empresariales de emprendizaje de carácter innovador:
– La renovación y ampliación de la gama de productos y servicios.
– La renovación y ampliación de los procesos productivos.
– Cambios en la organización y en la gestión.
– Cambios en las cualificaciones de los profesionales.
Gastos subvencionables: gastos de constitución, publicidad, prospección empresarial, asesoramiento técnico especializado, formación complementaria, colegiación, registro de patentes, nombres y marcas comerciales, Cuotas del régimen de autónomos de la Seg. Social (límite de 12 cuotas/pers.)
Se consideran gastos subvencionables los incurridos desde 12 meses antes del inicio de la actividad.

LINEA E-JOVEN
*BENEFICIARIOS: Personas físicas que, en el momento de formular la solicitud, sean menores de 30 años y que hayan iniciado la actividad dentro de los 12 meses anteriores a la publicación de estas bases o iniciarla durante el ejercicio 2016
*RECURSOS ECONÓMICOS: 50.000,00 euros, de los que 20.000,00€ proceden del proceso participación en la elaboración del presupuesto abierto a la ciudadanía. Máximo 2.500€ por cada proyecto.
*CRITERIOS DE VALORACIÓN: No están sujetos a valoración y obtendrán la subvención de manera automática si reúnen los requisitos.

LINEA E-INNOVADOR
*RECURSOS ECONÓMICOS: 35.000,00 euros. Máximo 1.500€ por cada proyecto.
*BENEFICIARIOS Personas físicas o jurídicas que hayan iniciado la actividad dentro de los 3 años anteriores a la publicación de estas bases o iniciarla durante el ejercicio 2016.
*CRITERIOS DE VALORACIÓN: Puntuación mínima de 50 puntos según los siguientes aspectos a valorar:
1. Componente de innovación, entendiéndose esa innovación en sentido amplio (producto, procesos, mercado, modelo de negocio…) como un factor clave de su competitividad. 50 puntos.
2. Vocación transfronteriza y/o de internacionalización de la empresa. 30 puntos.
3. Potencial para convertirse en un modelo inspirador y/o pueda desempeñar un papel importante como elemento tractor de otras empresas y/o o tenga potencial de crecimiento. 20 puntos.
Cuando el proyecto obtenga 30 o más puntos en el apartado relativo a la innovación (apartado 1), el límite de la ayuda se doblará.

REQUISITOS (PARA AMBAS LINEAS)
– Domicilio fiscal y social de la actividad en Irun
– Plan de Negocio de la nueva empresa o establecimiento validado e informe favorable del Departamento de Autoempleo y Centro de Empresas de Bidasoa.
– No haber realizado por cuenta propia la misma o similar actividad en los 12 meses (e-Joven) ó 36 meses (e-Innovador) anteriores al inicio del proyecto empresarial subvencionado (A efectos de cómputo de plazos se tomarán como referencia las fechas de alta, baja y/o modificación del IAE).
– Haber tramitado ante este Ayuntamiento la comunicación de inicio actividad, salvo que vengan desarrollando su actividad en el centro de empresas de Bidasoa Activa.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (PARA AMBAS LÍNEAS)
– Impreso de solicitud
– Fotocop. DNI ó CIF
– Plan de viabilidad (según Anexo I)
– Presupuestos o facturas de los gastos subvencionables.
– Documento justificativo de titularidad del número de cuenta bancario sobre el que se deba realizar el abono de la subvención.
– Declaración de otros ingresos (según modelo)
– Justificante del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social.
– Declaración responsable y autorización para consulta de datos (según modelo)
En caso de NO autorizar al Ayuntamiento de Irun para comprobar de oficio dichas circunstancias, o tener la dirección fiscal fuera de Gipuzkoa, junto con este impreso se deberán aportar los documentos indicados en los apartados siguientes.
– Certificado que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Ayuntamiento, Hacienda Foral, y/o Agencia Tributaria) y de pagos con la Seguridad Social.
– Alta IAE y la Declaración Censal (impresos 840 y 036). Original y copia para compulsar
– Certificado de altas y bajas en el IAE

JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El beneficiario/a deberá presentar, en el plazo de 6 meses desde la concesión de la subvención, facturas, o documentos análogos, justificativas de los gastos realizados al amparo de la subvención recibida, así como de su pago.

El abono de la subvención por el Ayuntamiento de Irun se llevará a cabo, previa justificación del gasto subvencionado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, en un solo pago.

PLAZO: 31/10/2016 o finalización presupuesto

+ INFO

No hay comentarios

¿Quieres dejar un comentario?

Follow by Email
RSS