AYUDAS A LA REHABILITACION DE LOCALES COMERCIALES EN IRUN

irun logo bilaketarekin bat datozen irudiakPlazo de presentación: 31/10/2015

OBJETO
Impulsar la implantación de actividades de negocio viables, incentivar la actividad económica y la mejora de la imagen urbana y promover la ocupación y puesta en uso y valor de los locales comerciales que se encuentren cerrados en Irun.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
– Parte vieja: 30% de financiación. Límite de 15.000,00€.
– Resto del entorno K-Biziak: San Miguel-Anaka y Pío XII (ver anexo): 25% de financiación. Límite de 12.000,00€.
– Resto ciudad: 20% de financiación. Límite de 10.000 €.

GASTOS SUBVENCIONABLES
– Albañilería, fontanería, electricidad, cristalería, climatización y, en general, todos aquellos contemplados en el presupuesto adjuntado a la solicitud de licencia de obra
– Carpintería, instalación de expositores y mobiliario, pintura, ornato y embellecimiento del local y, en general, cuantos trabajos resulten necesarios para la apertura del local aunque no requieran de licencia de obra.
En ningún caso se considerará gasto subvencionable los impuestos indirectos (IVA, ICIO,…) ni el coste de tramitación de las correspondientes licencias (obra, actividad,…) necesarias para la ejecución de la intervención y/o la puesta en marcha de la actividad.

REQUISITOS
– Ser titular de una actividad económica de nueva implantación y/ o de un establecimiento de nueva apertura.
– Desarrollar la actividad en un local cuyo frente comercial y/o acceso principal, directo desde la vía pública, se ubique en Irun.
– Asumir la realización de obras, instalaciones y, en general, actuaciones de rehabilitación en el local en el que vaya a desarrollarse la actividad económica.
– Contar con informe favorable de los Servicios de Autoempleo de Bidasoa activa respecto de la viabilidad del proyecto de negocio.

EXCLUSIONES DE LA CONVOCATORIA
– Administraciones Públicas, así como cualquier organismo autónomo, empresa o sociedad dependiente de las mismas.
– Entidades e instituciones financieras.
– Filiales de grandes firmas o empresas de gran implantación nacional o internacional.
– Aperturas que supongan un traslado de actividad dentro del municipio, salvo cuando se trate de actividades que vinieran desarrollando su actividad en el centro de empresas de Bidasoa activa.

VALORACIÓN DE PROYECTOS: Se deberán alcanzar una valoración mínima de 15 puntos.
a) Ubicación en el municipio (ver detalle de calles en el anexo)
Plaza Urdanibia – Parte Vieja (10p)
San Miguel – Anaka (5p)
Pío XII (5p)
Resto de la ciudad (0p)
b) Características del local: emplazamiento, superficie de venta ocupada… Hasta 10 p.
c) Alcance de la intervención propuesta: calidad del proyecto técnico, intervención constructiva y de diseño, incidencia de la intervención sobre los elementos del inmueble… Hasta 5 p.
d) Elementos innovadores del proyecto de negocio: venta on line, utilización de TICs y redes digitales… Hasta 5 p.
e) Interés del proyecto de negocio a desarrollar: empleo directo que genera, capacidad de atracción y generación de flujo de personas al entorno, repercusión y difusión exterior de la actividad a implantar… Hasta 10 p.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA SOLICITUD
– Instancia de solicitud, mencionando cód. expediente, fecha solicitud o Nº Entrada Registro de:
*Declaración de inicio o solicitud de Licencia de Actividad
*Solicitud de Licencia de Obra
– Declaración responsable y autorización para consulta de datos (según modelo)
– Declaración de Otros Ingresos (según modelo)
– Fotocop. DNI o CIF del solicitante y, en su caso, de todos los integrantes de la comunidad de bienes.
– Contrato de alquiler del local o de la escritura de propiedad (original y copia)
– Informe favorable de los Servicios de Autoempleo de Bidasoa activa
– Memoria o proyecto de la intervención, en el que se detalle su presupuesto, el IVA y las diferentes partidas de gasto

PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Con carácter general, el abono de la ayuda concedida se realizará en dos pagos:
1. Máximo del 50% de la subvención concedida, con la resolución favorable de la solicitud.
2. El resto a la finalización de la actuación subvencionada. Dicho importe está sujeto a liquidación en el momento de la justificación, conforme a los justificantes aportados, el importe definitivo de la subvención puede verse alterado.

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
La presente subvención resulta compatible con cualesquier otros ingresos que el beneficiario pueda obtener con el fin de financiar la misma intervención, con la sola limitación de que el importe concedido al amparo de las presentes bases reguladoras en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la intervención subvencionada.

+ info

+ info

No hay comentarios

¿Quieres dejar un comentario?

Follow by Email
RSS