Subvenciones para actuaciones de mejora de accesibilidad en edificios residenciales e interior de viviendas y para mejora de eficiencia energética en viviendas y establecimientos comerciales (PAES). Convocatoria 2017

EFICIENCIA ENERGETICA bilaketarekin bat datozen irudiakResolución n.º 702/2017 de 4 de mayo, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Irun, por la que se aprueban las «Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones en materia de mejora de la accesibilidad y de eficiencia energética tanto en edificaciones residenciales como en establecimientos comerciales».

Resolución n.º 1031/2017 de 16 de junio, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Irun, por la que se aprueban las «Convocatoria para la concesión de subvenciones para actuaciones en materia de mejora de la accesibilidad y de eficiencia energética tanto en edificaciones residenciales como en establecimientos comerciales, correspondiente al ejercicio 2017.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Portal de Internet del Ayuntamiento de Irun www.irun.org.

Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de ayudas económicas en los siguientes campos de actuación:

Apartado uno. Mejoras en materia de accesibilidad.

En edificios de viviendas.

Actuaciones que solucionen, en la medida de lo posible, las dificultades del cumplimiento de la Ley de Accesibilidad y que provengan de la falta de ascensores, así como de la mala definición de los mismos por existencia de desniveles (escaleras) u otras barreras constructivas, dentro de los portales o en el umbral del acceso al portal. Y, por último, aquellas actuaciones que, en el interior de las viviendas, mejoren la accesibilidad a sus dependencias y eliminen obstáculos que impidan la movilidad en su interior.

En establecimientos comerciales.

Actuaciones que faciliten, en la medida de lo posible, una mayor adecuación a la normativa de Accesibilidad. Quedan comprendidos desniveles salvados mediante escaleras sin soluciones alternativas. Son actuaciones que resuelvan, en la medida de lo posible, la existencia de diferentes niveles en el itinerario exterior y en el interior de los locales, mejoren la accesibilidad a sus dependencias y eliminen obstáculos que comprometan la movilidad en su interior.

Apartado dos. Actuaciones de mejora en materia de eficiencia energética, incluidas en el PAES.

Actuaciones orientadas a incrementar los niveles de eficiencia energética de instalaciones tanto de viviendas como de establecimientos comerciales, con el objetivo de reducir el consumo de energía en condiciones normales de funcionamiento y ocupación, que incluirán, entre otras cosas, la energía consumida en calefacción, la refrigeración, la ventilación y la producción de agua caliente.

Beneficiarios.

En función de la actuación:

  1. Mejora de accesibilidad:

Para viviendas, podrán solicitar esta subvención las personas físicas o Comunidades de propietarios de edificios en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación.

En caso de edificios en régimen de propiedad horizontal, las Comunidades de propietarios actuarán a través de quien ostente debidamente la representación de la misma.

Para establecimientos comerciales, podrán solicitar esta subvención aquellos particulares, colectivos o empresas privadas cuyas actividades coincidan con el objeto de la convocatoria, con sede social y para establecimientos situados en Irun, que se ajusten a la modalidad de proyectos subvencionables indicadas en estas bases.

  1. Actuaciones incluidas en el PAES:

Podrán solicitar esta subvención aquellos particulares, colectivos o empresas privadas cuyas actividades coincidan con el objeto de la convocatoria, con sede social y para establecimientos situados en Irun, que se ajusten a la modalidad de proyectos subvencionables indicadas en estas bases.
En todo caso las actuaciones subvencionables vendrán referidas a edificios o instalaciones sitas en el Término municipal de Irun.

Régimen jurídico.

La presente convocatoria se rige por las siguientes disposiciones:

Bases reguladoras del procedimiento de solicitud de ayudas a la contratación, aprobadas por Resolución de Alcaldía 702/2017, de 4 de mayo (Boletin Oficial de Gipuzkoa n.º 95, de 19/05/2017).

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado 18/11/03).

Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado 25/07/06).

Recursos económicos de la convocatoria.

Los recursos económicos destinados a estas ayudas ascienden a 160.000,00 (cineto sesenta mil) euros y se encuentran consignados en la aplicación presupuestaria 1.07.10.480.01.152.20 del presupuesto municipal. Se ha autorizado el gasto mediante acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 29 de marzo de 2017, y con emision de documento contable A-1311/2017.

El volumen total de subvenciones a conceder no excederá de la correspondiente consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente.

No procederá la resolución de concesión de nuevas subvenciones una vez agotado el crédito consignado. No obstante, las solicitudes que reúnan todos los requisitos para ser atendidas conforme a la regulación de las presentes bases y que no se resuelvan únicamente por falta de recursos económicos podrán ser resueltas en el ejercicio siguiente en caso de que haya consignación presupuestaria y convocatoria al efecto, sin necesidad de presentar nueva solicitud.

Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletin Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2017.

Publicidad de la convocatoria.

La presente convocatoria y las subvenciones concedidas en el marco de la misma serán publicadas en la página web municipal www.irun.org, en el Boletin Oficial de Gipuzkoa de acuerdo con el art. 9 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de acuerdo con los arts. 18 y 20 de la citada Ley.

Irun, a 21 de junio de 2017.—La técnico de Urbanismo.
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