Hondarribiko bonoak

Ya está aquí la nueva campaña de compra de Bono en el comercio de Hondarribia. Campaña de promoción del comercio local y de impulso a la economía local.

Por cada compra igual o superior a 30 euros que se haga en un establecimiento adherido a la campaña se generará un bono de 10 euros. Se podrán generar un máximo de 3 bonos por persona. Las personas compradoras tendrán que cumplir con estas condiciones:

  • Estar empadronadas en Hondarribia.
  • Que tengan cumplidos los 18 años o más a 16 de diciembre de 2024.

Las compras para generar bonos se tendrán que realizar del 16 de diciembre de 2024 al 6 de enero del 2025 (ambos incluidos).

Del 1 al 31 de marzo se podrán canjear bonos de 10 € por cada compra mínima de 20 €. En una compra de 60 €se podrán canjear 3 bonos de 10 €. Las tiendas que se hayan adherido a la campaña deberán colocar un cartel en el escaparate.

Información para los comercios

Los comercios interesados en participar en la campaña deberán inscribirse en la página web www.hondarribikobonoak.eus entre el 16 y el 23 de diciembre ambos inclusive.

Desde el Ayuntamiento, junto con los comerciantes, hemos realizado el trabajo de ampliar los epígrafes para poder incluir más tipos de tiendas en esta campaña. En otras campañas algunos tipos de comercios se quedaban fuera y ahora hemos conseguido que se extiendan más para que los beneficios lleguen al mayor número de comercios.

Comercios Incluidos

  • Bloque 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos permanentes.
  • Bloque 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios en establecimientos permanentes.
  • Grupo 662. Comercio al por menor mixto o integrado.
  • 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
  • 972. Peluquerías y salones de belleza.
  • 9731. Servicios fotográficos.
  • 975. Servicios de enmarcación.
  • Grupo 979.9. Otros servicios personales.

Quedan excluidos:

  • Actividades del grupo 647, comercio al por menor de alimentos y bebidas en general, cuando los establecimientos dispongan de una sala de venta superior a 400 metros cuadrados.
  • Actividades del grupo 655 (Comercio al por menor de combustibles, combustibles y lubricantes).
  • Actividades del grupo 646, comercio al por menor de labores de tabaco y artículos para fumadores.

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